Fiscalidad en turismos empresariales ¿Son deducibles de impuestos?

A lo largo de los años SIXT ha ido dejando huella durante toda su trayectoria y como dijo el científico alemán Albert Einstein: “Primero tienes que aprender las reglas del juego, y después jugar mejor que nadie”. Es por eso que SIXT blog te da las mejores recomendaciones sobre finanzas e impuestos para ti como cliente corporativo. La renta de autos corporativos es muy favorable, pues tanto tus trabajadores como tú, podéis optimizar los gastos que un vehículo pueda generar como por ejemplo por mantenimiento y así pagan solo impuesto sobre vehículos de empresa.

ALGUNOS PUNTOS A FAVOR SOBRE LOS AUTOS CORPORATIVOS DE RENTA

  • El uso particular de los coches empresariales es una gran ventaja para todos los trabajadores
  • Reducción de hasta 30% del IRPF en caso de contratar vehículos eléctricos
  • Solo pagan impuesto sobre vehículos de empresa
  • Tú como jefe empresarial provees a tus empleados con una mejor movilidad

Autos corporativos

Lo que muchos no saben es que la renta de un coche corporativo se considera un gasto deducible de impuestos. Muchas empresas sin importar su tamaño o su sector alquilan vehículos para ampliar su flota corporativa de manera más económica.

Ahora, ¿cuáles son los diferentes tipos de impuestos que la flota empresarial bebe tributar dependiendo de cada caso? ¿Cuáles son tus ventajas como empleado o empresario? ¿Por qué es importante saber todo esto?

Porque esto dará beneficios a ambos, tanto a los empleados a quienes les puede beneficiar igualmente a nivel particular y a las empresas que quieren tener una mejor movilidad y proporcionando una mayor satisfacción para sus trabajadores.

Tipos de impuestos para vehículos corporativos de renta

El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)

El uso personal de un coche corporativo es considerado como salario en especie, lo cual cuando se trata de un automóvil rentado se tomará 20% (independientemente de los años que dure el contrato de arrendamiento) del valor de mercado del mismo el año en el que se ha hecho el contrato, englobando todos los tributos y los gastos, así como también el IVA. El valor de mercado anteriormente mencionado, es el costo de adquisición del vehículo y se encuentra especificado en el contrato de la renta. Sobre el 20% se aplicará el porcentaje de uso para fines personales, que es proporcional al tiempo que este será utilizado.

Existe una nueva norma que dice que el IRPF pudiera reducirse hasta un 30% por parte de las empresas a sus empleados, para uso personal al disponer autos eléctricos.

A partir del año 2015 la normativa comunicó que la valoración de la remuneración en especie se reducirá de acuerdo al vehículo en cuestión:

  • 15% a coches que cumplen el Euro 6 de gasóleo ( comprobando que su contaminación es baja, emisiones oficiales de CO2 inferiores a 120g/kg) y el valor de este que, si fuera nuevo, antes de impuestos, debe ser de un máximo de 25.000 €
  • 20% a automóviles híbridos
  • 30% a vehículos eléctricos y vehículos eléctricos híbridos enchufables con autonomía mínima de 15Km

Esto no se incluye a vehículos de gama alta, ni aplica para el uso de bicicletas eléctricas, solo aplica a vehículos turismo.

El IS (Impuesto sobre Sociedades)

Tanto los gastos de renta como todos los demás gastos vinculados al vehículo pueden ser totalmente desgravados en el impuesto sobre sociedad si se cumplen los siguientes requerimientos:

  • Registro contable
  • Justificar documentación y correlación de gastos e ingresos
  • Imputación según criterio de devengo

Una vez cumpliendo los requisitos, se podrá desgravar aún si el vehículo está siendo de uso personal.

El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)

La presunción de afectación a la actividad empresarial, en este caso a los vehículos utilizados para labores comerciales es del 50%, lo que conlleva a una desgravación del 50% de las cuotas del IVA por arrendamiento. Cabe destacar que la administración no avalará un porcentaje más alto aún habiendo un grado de afectación superior.

De acuerdo a la Dirección General de Tributos las retribuciones en especie en el IRPF de los trabajadores que usan vehículos empresariales constituyen prestaciones de servicio que ocasionan gastos sobre el IVA y por ello, estos están obligadas a pagar el IRPF, afectando al IVA de acuerdo composición de la retribución en especie. Será desgravado el 100% del IVA soportado en las cuota del arrendamiento ya que el uso empresarial como el privado no están exentos del IVA. De todo esto se deriva una gran ventaja para las empresas pues puede deducirse la totalidad del IVA, por el contrario repercute sobre el impuesto al empleado debido a la retribución en especie, pues puede elevarse hasta un 21%.

Sobre la repercusión de la cuota del IVA mencionada anteriormente se derivan dos opciones de pago. Ya sea que el empleado la pague directamente de su nómina o que la empresa decida que el empleado no pague dicho IVA, imputando la cantidad como mayor retribución en especie.

En resumen

El alquiler de autos es la nueva alternativa para reducir tus gastos en tu actividad empresarial y a nivel particular puesto que solo pagas impuesto sobre vehículos de empresa.

Existen tres tipos de impuestos que se derivan dependiendo de cada situación, pues tanto la empresa como los empleados que harán uso de los coches empresariales se podrán ver beneficiados.

  • El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas toma como base el 20% del valor de mercado del vehículo sin importar los años de renta. Se podrá reducir hasta un 30% cuando se trate de un vehículo energéticamente eficiente.
  • El Impuesto sobre Sociedades podrá ser deducido si se cumple con ciertos requerimientos como lo son: la justificación de documentes, registro contable, no formar parte de los gastos no deducibles que el IS establece, entre otros.
  • El Impuesto sobre el Valor Añadido dice que los vehículos comerciales implica una afectación a la actividad empresarial del 50%, lo que implica una deducción del mismo porcentaje de las cuotas del IVA de la renta. Se derivan dos opciones de pago del IVA: la primera es que puede ser descontada directamente de la nómina del trabajador y la segunda opción es que la empresa lo aplique como retribución en especie.

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